Nos da mucho gusto saludarle por este medio y a su vez hacer de su conocimiento información relacionada a su servicio de facturación electrónica.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 25 de mayo la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF 2017, en donde se informa que la fecha en que entra en vigor la nueva versión de CFDI v3.3 es el 1° de julio 2017.

Sin embargo, también indicó que el contribuyente puede optar por seguir emitiendo CFDI v3.2 durante el periodo comprendido del 1° de julio al 30 de noviembre 2017.

Las nuevas disposiciones del SAT en relación á CFDI versión 3.3 incorporan cambios significativos, estos son los cambios que se deberán adoptar.

  • Validación de RFC

  • En un CFDI v3.3 el RFC del cliente o receptor se validará contra una lista proporcionada por el SAT para confirmar que se encuentre inscrito y no cancelado ante el mismo. En caso de que el RFC no se encuentre en la lista del SAT obtendrá un error de validación al intentar guardar el comprobante.


  • Módulo facturación

  • Crear factura

    Al crear un nuevo comprobante es necesario tomar en cuenta los siguientes cambios en las diferentes secciones de la pantalla "Crear factura":

    • RFC Cliente/Receptor extranjero.

    • Al seleccionar un cliente extranjero o ingresar el RFC para un receptor extranjero se mostrará el campo “número de identificación fiscal extranjero“ acortado a "No. Id. fiscal extranjero", este se completará automáticamente si se actualizó la información del cliente en el catálogo de clientes. 



      • Catálogo clientes.

      • RFC extranjero. En el catálogo clientes, al dar de alta un nuevo cliente extranjero se le solicitará el "número de identificación fiscal extranjero" acortado a "No. Id. fiscal extranjero". Este campo es obligatorio cuando se use el complemento de comercio exterior.



      Este campo es obligatorio cuando se use el complemento de comercio exterior, si se omite este campo obtendrá un error al intentar guardar el comprobante.

    • Uso CFDI.

    • A los comprobantes se les incorporó un nuevo campo denominado “Uso CFDI”, este es un valor proporcionado por el SAT, para relacionar el comprobante con las referencias en los catálogos del SAT, este cambio es obligatorio para todos los conceptos en un CFDI v3.3.





      Puede seleccionar de manera manual el “Uso CFDI” o bien ligarlo al "Cliente/Receptor" en el catálogo de "Clientes" para que esta información se agregue de manera automática.





    • Conceptos.

    • Dentro del comprobante se actualizo la información recabada para cumplir con las disposiciones del SAT, aquí encontrara la información más relevante para agregar un nuevo concepto:

      • Concepto modo aislado.

      • Al agregar una partida a la factura deberá seleccionar el “Código SAT” del buscador por descripción utilizado en el catálogo de productos.



        Al dar clic en la búsqueda de productos se desplegará una nueva pantalla, solo deberá escribir el nombre del producto y el sistema le mostrará todas las coincidencias (limitado a 25 resultados), le recordamos que no todos los productos se encuentran en el catálogo del SAT, por lo que se recomienda utilizar el producto que más se asemeje al que tiene registrado.



        Ya seleccionado el producto la pantalla mostrará la información sobre los impuestos trasladados IVA e IEPS que indicaran si son obligatorios, opcionales o no requeridos.




        Para que esta acción tome efecto en su producto debe dar clic en “Aceptar”, esto agregará el código de producto del catálogo del SAT a su concepto.





        En seguida deberá seleccionar la “Clave” de unidad de la lista de unidades del SAT.





        Al dar "Agregar", el concepto se guardara como una partida junto con la información del “Código SAT” y la “Clave” de unidad de manera automatica.





      • Concepto modo catálogo.



  • Módulo pagos Clic para más información

  • Se incorpora el nuevo módulo de pagos que le ayudarán a:

    • Evitar cancelaciones de comprobantes ya pagados.

    • Evitar duplicidad de pago de parcialidades.

    Mediante la creación de un nuevo tipo de comprobante denominado "Pago" que utilizará el "Complemento de Recepción de Pagos" para este efecto.

    El procedimiento para realizar la migración a la versión 3.3, está descrito aquí



Le reiteramos nuestro agradecimiento por el privilegio de servirle y en caso de tener cualquier duda, aclaración o información adicional nos ponemos a sus órdenes.


Atentamente.
Departamento Soporte Técnico.
Solución Factible Consultores
(+52) (33) 3563-4451